Baja por enfermedad común
En contingencias comunes se aplican tramos por días. Los tres primeros días pueden no tener prestación, del día 4 al 20 se calcula una cuantía inferior y desde el día 21 se aplica un porcentaje mayor.
Descubre cuánto cobras realmente cada mes, lo que paga tu empresa, lo que ingresarías durante una baja médica o tu próxima prestación por desempleo.
Información para el cálculo del IRPF y la Seguridad Social.
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Del coste empresa a tu bolsillo · Mensual
| Concepto | Anual | Mensual |
|---|---|---|
| Coste Total Empresa | 0,00 € | 0,00 € |
| (−)Seguridad Social Empresa | − 0,00 € | − 0,00 € |
| (=)Salario Bruto | 0,00 € | 0,00 € |
| (−)Retención IRPF | − 0,00 € | − 0,00 € |
| (−)Seguridad Social Trabajador | − 0,00 € | − 0,00 € |
| (=)Tu Salario Neto | 0,00 € | 0,00 € |
| CCAA | Neto mensual | IRPF anual |
|---|
Calcula el importe que percibirás durante una incapacidad temporal.
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Total Neto a Percibir Durante la Baja
0 días · 0% de tu base habitual
Lo que cobrarás
0,00 €
Lo que pierdes
0,00 €
| Tramo | Días | % Base | Importe |
|---|---|---|---|
| Total | 0 días | 0,00 € |
Estima la cuantía de tu prestación por desempleo.
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Prestación por desempleo · Mensual
Tope máximo aplicadoCuantía durante los primeros 6 meses (70% de la base reguladora).
A partir del mes 7
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Base reguladora media | 0,00 € |
| Cuantía bruta · meses 1–6 (70%) | 0,00 € |
| Cuantía bruta · mes 7+ (60%) | 0,00 € |
| Duración estimada del derecho | 0 meses |
| Tope máximo aplicable | 0,00 € |
| Tope mínimo aplicable | 0,00 € |
| Lo que cobrarás · mes 1–6 | 0,00 € |
| Lo que cobrarás · mes 7+ | 0,00 € |
Calcula indemnización por despido y finiquito proporcional según el Estatuto de los Trabajadores.
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Ofrecido
0,00 €
Diferencia
0,00 €
% sobre legal
—
Total a percibir · Indemnización + Finiquito
Tope legal aplicadoAntigüedad reconocida: 0 meses · Salario diario: 0,00 €
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Indemnización por despido | 0,00 € |
| 0 días/año · 0,00 años | — |
| Finiquito | 0,00 € |
| Vacaciones pendientes · 0 días | 0,00 € |
| Prorrata pagas extras | 0,00 € |
| Indemnización exenta IRPF estimada | 0,00 € |
| Indemnización sujeta IRPF estimada | 0,00 € |
| Total a percibir | 0,00 € |
Compara una oferta como asalariado con una alternativa como autónomo.
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Asalariado
GanadorNeto mensual
0,00 €
12 mensualidades fijas
Autónomo
Neto mensual efectivo
0,00 €
Durante 12,00 meses trabajados · 0,00 € si fueran 12
Veredicto
—
Introduce tus datos para ver cuánto necesitarías facturar como autónomo para igualar la calidad de vida del asalariado.
Cálculo orientativo. Cuotas RETA 2026 con MEI incluido (tarifa plana 85 €/mes o tramos progresivos 205 €–605 €/mes según rendimiento). El IRPF aplica los tramos estatales 2026 sobre el rendimiento previo menos cuotas RETA y gestoría. El asalariado se calcula con perfil neutro (soltero, sin hijos, Madrid).
Guía rápida
La cantidad que cobras durante una baja médica depende de la base de cotización, los días de baja, el tipo de contingencia y posibles complementos de convenio.
En enfermedad común, los primeros días pueden cobrarse menos o no cobrarse.
A partir del día 21 la prestación general sube al 75% de la base reguladora.
El convenio puede mejorar la prestación y cambiar el resultado real.
En contingencias comunes se aplican tramos por días. Los tres primeros días pueden no tener prestación, del día 4 al 20 se calcula una cuantía inferior y desde el día 21 se aplica un porcentaje mayor.
En contingencias profesionales la prestación suele ser más favorable desde el inicio. La base de cotización sigue siendo el dato principal para estimar la cuantía.
Algunos convenios obligan a la empresa a complementar hasta cierto porcentaje del salario. Si existe complemento, la cantidad que cobras puede ser superior a la prestación pública básica.
Normalmente aparece en la parte inferior de la nómina, junto a las bases de contingencias comunes y profesionales.
Solo si el convenio o la empresa complementan la prestación hasta ese nivel. No es la regla general en todas las bajas.
En enfermedad común pueden no cobrarse si no hay mejora de convenio.
No. Suele aplicar una prestación más favorable que la baja por contingencias comunes.